Juan José Rubio Guerrero / Catedrático de Hacienda Pública. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales (UCLM)

El 26 de febrero de 2025, la ministra de Hacienda presentó al Consejo de Política Fiscal y Financiera una propuesta de condonación de las deudas que las CC.AA. tienen con la Administración General del Estado. Esta propuesta, aprobada en ese Consejo y que inicia ahora un trámite parlamentario arduo, tiene su origen en el acuerdo alcanzado entre PSOE y ERC para la investidura de Pedro Sánchez en noviembre de 2023. En aquel momento, se acordó la condonación de parte de la deuda que Cataluña tiene con el Estado, a través del Fondo de Liquidez Autonómica, concretamente, 15.000 millones de € (el 20 %). Con el fin de evitar tratamiento discriminatorio respecto a otras CC.AA., el Gobierno decidió ampliar esta condonación al resto. Para ello, era necesario desarrollar una metodología “técnica” que permitiese regularizar el endeudamiento de las CC.AA de forma “racional y razonable”, pero siempre bajo la premisa del compromiso con ERC. Por ello, una valoración profunda de esta operación revela implicaciones políticas y, sobre todo, incentivos perversos para el comportamiento a futuro de las CC.AA.

La propuesta consiste en la condonación de 83.252 millones de euros a las CC.AA de régimen común. Esta propuesta reconoce que estas regiones experimentaron un sobrendeudamiento debido al impacto de la crisis financiera entre 2010 y 2013, y la sanitaria de 2020 a 2023. Durante estos años, las CCAA de régimen común accedieron a financiarse a través de mecanismos extraordinarios, facilitados por el Gobierno Central, para conseguir liquidez a tipos de interés muy ventajosos.

La metodología de la condonación se estructura en tres fases que, en apariencia responden a criterios técnicos y objetivos, como la población ajustada y el sobreendeudamiento acumulado durante las crisis financiera y sanitaria, debido a los gastos extraordinarios en que incurrieron las CC.AA. Sin embargo, pondera insuficientemente el sobreendeudamiento sufrido por algunas de ellas, como consecuencia de la infrafinanciación de un Sistema de Financiación autonómica (SFA) injusto y obsoleto, que penaliza a regiones como Andalucía, Valencia, Murcia o Castilla-La Mancha, mientras que parece pensado para honrar el acuerdo político para la investidura, por cuando Cataluña, que no está infrafinanciada en el SFA y ha recurrido a los expedientes de financiación extraordinaria de forma masiva, en lugar de ajustar su gasto o incrementar su recaudación, siendo ahora recompensada por la condonación propuesta.

Estamos, pues, ante un proceso de reestructuración interna de la deuda pública, asumiendo la Administración Central parte de las distorsiones generadas por el modelo financiero, sin olvidar la derivada de los mecanismos extraordinarios de financiación en las fases críticas de la sociedad española estos últimos quince años. Se trata de una mera transferencia de deuda entre Administraciones Públicas. En esencia, esa condonación sería un mero apunte contable: a todos los españoles, siempre que todas las CC.AA admitan la condonación, se les eliminaría de forma simultánea un pasivo (en las cuentas autonómicas) y un activo (en las cuentas estatales) de la misma cuantía. Sin embargo, la deuda pública consolidada del Reino de España sería idéntica tras una operación, que podría justificarse apelando a la incertidumbre e intensidad de las crisis y su impacto sobre las finanzas autonómicas. Sin embargo, es preciso destacar, que el reparto de esta Deuda Pública no sería neutral, considerando que los ciudadanos de aquellas comunidades con bajo endeudamiento autonómico, asumirían, a través del incremento en la Deuda del Estado, parte de las deudas condonadas a las CC.AA más endeudadas. Sería un, a modo, de mutualización de la Deuda Pública, que podría beneficiar a aquellas CC.AA fuertemente endeudadas, pero penalizaría a los ciudadanos de comunidades que, habiendo cumplido sus obligaciones de equilibrio y disciplina fiscal, pagarían los desajustes de aquellas CC.AA. más endeudadas.

En todo caso, la condonación sienta un precedente preocupante. Es lo que los economistas denominamos “Riesgo Moral”. Una situación paradigmática de riesgo moral ocurriría cuando una Comunidad se beneficia de cierta relajación en sus políticas de gasto respecto a los compromisos de equilibrio fiscal asumidos con la Administración Central y con el resto de las CC.AA. En definitiva y en román paladino, como Comunidad, yo puedo gastar por encima de mis posibilidades y sin criterio ni tasa porque siempre estará Papá Estado para perdonarme las deudas ocasionadas por mi “generosa y/o incompetente gestión”. Esto introduce una asimetría peligrosa en las relaciones entre las Administraciones autonómicas y el Estado: aquellas prudentes pueden verse incentivadas a relajar su disciplina fiscal, mientras que las que han sido pródigas son recompensadas.

En conclusión, en lugar de ser una fórmula efectiva de corrección de desigualdades estructurales, esta condonación es un parche y se caracteriza por ser más una operación política que responde a equilibrios de poder que a principios de eficiencia económica y racionalidad financiera de nuestro sistema de financiación regional.